FSC-CCOO País Valencià | 28 de març 2024.

REPERCUSIÓN DE LAS BAJAS POR CONTINGENCIAS COMUNES EN EL TIEMPO MÍNIMO DE PERMANENCIA PARA EL PASO DE GRADO DE LA CARRERA PROFESIONAL

    Desde la entrada en vigor del Reglamento de Carrera Profesional en julio de 2017, las bajas del personal en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes afectan al progreso de la carrera. 

    18/11/2020.
    Edificio de Tabacalera

    Edificio de Tabacalera

    El efecto de la IT sobre la carrera consiste en que los días de baja no computan en el cálculo del tiempo mínimo de permanencia para el paso de GDP, de modo que el paso de GDP se retrasa tantos días como se haya estado de baja. De estas situaciones se exceptúan las bajas por intervención quirúrgica con ingreso hospitalario, las bajas por accidente laboral y las dolencias graves. Estas últimas coinciden con los códigos de excepciones médicas que se aplicaban en el pasado, cuando las bajas laborales no incluidas en ese listado de códigos suponían un descuento en la nómina.

    CCOO votó en contra de la modificación del reglamento y actualmente la tiene recurrida ante los tribunales, por este motivo entre otros. Consideramos que si el tiempo de baja por incapacidad temporal ha dejado de afectar al salario, no tiene sentido que afecte a la carrera profesional retrasando el paso de grado. Además, nos parece absurdo que para evitar esa penalización tengamos que revelar información médica cuya confidencialidad se halla especialmente protegida por ley. No entendemos, ni compartimos que la reciente modificación de carrera a la que nos opusimos, no haya resuelto favorablemente para la plantilla ésta y otras cuestiones.

    No obstante, mientras esto siga en vigor, es importante que conozcáis el procedimiento para hacer valer vuestro derecho a que se reconozca que estáis en una situación exceptuada.

    Puesto que el código con el diagnóstico se encuentra en el ejemplar del parte de baja destinado a la persona trabajadora, tendréis que adjuntar una copia junto con el ejemplar para la empresa cuando presentéis la baja en salud laboral. Además, debéis adjuntar el documento “comunicació voluntària de diagnòstic mèdic”, donde autorizáis al personal de salud laboral a grabar vuestro diagnóstico. Este documento se encuentra en la intranet municipal, en “Documentació Corporativa”, “Imatge Corporativa”, “Impresos Salud Laboral”, “Comunicació voluntaria de DiagnósticMèdic”. Enlace al documento 

    Si habéis estado de baja por alguno de los motivos exceptuados y no habéis autorizado la grabación del diagnóstico, aún podéis subsanarlo enviando la autorización por sede electrónica.