FSC-CCOO País Valencià | 25 de novembre 2024.

El Equipo de dirección de la Agrupación de Policía Local de CCOO acuerda por unanimidad la defensa inquebrantable de la profesionalización total de la Cuerpos de Policía Local que contempla la Ley 17/17

    Reunido en Valencia hoy día 14 de octubre con objeto de analizar la Sentencia del Tribunal Constitucional en torno a la constitucionalidad de interinaje en policía local previsto en la Ley de Coordinación de Baleares y sus consecuencias en el ámbito valenciano, acuerda mantenerse firmes en la defensa de nuestro texto legal.

    14/10/2019.
    Reunión del Equipo de Dirección de la ASPL

    Reunión del Equipo de Dirección de la ASPL

    Tras varias décadas exigiendo que se nos pusiera al mismo nivel, cuanto menos, que los cuerpos de policía estatales o autonómicos, conseguimos con la Ley 17/17 configura los Cuerpos de Policía Local como cuerpos de policía integrados "únicamente" por personal funcionario de carrera de administración especial, tal y como figura de manera incontrovertida en el artículo 41 sobre la condición de personal funcionario de carrera de sus integrantes.

    La Dirección de CCOOPOLICIA valora con preocupación que tras la sentencia del TC según la cual, es perfectamente constitucional la decisión del Gobierno Balear de regular la figura del policía interino, se puedan producir maniobras en torno a la reversión de los que nuestra ley y años de lucha han configurado para futuro en nuestra Comunitat.

    Por tanto se acuerda mantener una posición firme de defensa de esta importante conquista profesional, exigiendo con ello que se respete la voluntad manifestada por la gran mayoría de los representantes del pueblo valenciano que tan sólo contó en la cámara con un partido en contra.

    Resulta obvio poner el acento en el hecho de que nuestra ley pasó todos los filtros y no fue cuestionada por inconstitucional en este aspecto. La Abogacía de la Generalitat, el Consell Jurídic Consultiu, la Abogacía del Estado? dieron el visto bueno a las pretensiones de máxima profesionalización de los Cuerpos de Policía Local.

    Y todo ello, haciendo uso por parte de Les Corts de la capacidad de legislar en aquello que son sus competencias constitucionales, en este caso, la "coordinación de los cuerpos de policía local".

    Resulta evidente que la Sentencia de TC, puede tener lecturas muy preocupantes para nuestra profesión. Nos devuelve la sensación de ser "policías de segunda", "distintos", a los que se les puede nombrar y descombrar mientras no consolidemos una plaza. Y esta precariedad, inestabilidad, temporalidad injustas, solo redunda en perjuicio de la ciudadanía y de la profesión.

    Vamos a seguir en nuestro sitio. Defendiendo en coherencia lo que siempre hemos defendido, lo que hemos conseguido y por lo que tanto hemos luchado.